El pleno del Congreso de la Ciudad de México homologó con la legislación federal la prohibición de cigarrillos electrónicos y vapeadores .

Con las modificaciones aprobadas se adiciona un numeral 8 al inciso D “Derecho a la Salud”, del artículo 9 “Ciudad Solidaria”, así como un segundo párrafo al numeral 3 del aparado B “Derecho al Trabajo” del artículo 10 “Ciudad Productiva” de la Constitución Política local; y adiciona un cuarto párrafo al artículo 2 de la Ley de Salud de la Ciudad de México, que indica que para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, “la Ley de la materia y demás aplicables, sancionarán toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley; así como la producción, d

See Full Page