Ciudad de México.- A partir del 17 de septiembre, las empresas o patrones tendrán que pagar la parte proporcional que descontaban a sus trabajadores por concepto de pago de un crédito Infonavit, en caso de que estén incapacitados o ausentes bajo la Ley del Seguro Social.
Anteriormente, estos descuentos directos de la nómina del trabajador se suspendían durante el periodo en el que estuviera incapacitado o dado de baja de manera temporal.
Sin embargo, el 21 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reforma diversas disposiciones de las leyes del Infonavit y del Trabajo.
Entre los cambios está la modificación al artículo 29 de la Ley del Infonavit, mediante la cual se establece que los empleadores deberán pagar los descuentos correspondientes a los cr