En el ámbito laboral, los empleadores solo pueden imponer una sanción disciplinaria al seguir el procedimiento previsto, garantizando el derecho al debido proceso. Este año, la Ley 2466 de 2025 modificó el artículo 115 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), incorporando los elementos del proceso disciplinario de la Sentencia C-593/2014 y el término mínimo de cinco días para que el trabajador pueda manifestarse frente a los motivos del proceso, controvertir pruebas y allegar las necesarias. Esta disposición reavivó el debate sobre la gestión que debe adelantar el empleador al terminar el contrato de trabajo con justa causa, respecto a si le corresponde otorgar este tiempo al trabajador.

La facultad del empleador para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo con justa cau

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