La provincia de Buenos Aires como jurisdicción adherida al Convenio Multilateral y al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra denominado “SIRTAC”, hizo suyo lo dispuesto por la Resolución General 15/25 (CACM) que recogió lo acordado por el Comité de Administración de los Sistemas de Recaudación Anticipado (SURA), en cuanto a que las jurisdicciones adheridas al SIRTAC decidieron que los importes recaudados en moneda extranjera sean ingresados en pesos.

Más precisamente, dicha resolución general establece como pauta común que los importes recaudados en moneda extranjera deberán ser ingresados en pesos, tomando en consideración la cotización al tipo vendedor vigente al cierre de las operaciones del día hábil anterior a aquel en que se efectuó la recaudación del tributo, fi

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