Guanajuato .- La llamada “ Ley Silla ” no es una nueva disposición legal, sino una obligación preexistente del patrón para proporcionar asiento a sus trabajadores. La novedad, según explicó el especialista Gerardo Valencia , maestro en Derecho Corporativo y asesor de Cuesta Campos , es que ahora aplica a sectores como ventas y servicios , donde el personal labora mayoritariamente de pie.

En sectores como la manufactura y las líneas de producción, el diseño operativo no permite que los empleados trabajen sentados, por lo que en estos casos deben cumplirse condiciones como control de carga laboral y pausas activas.

Condiciones óptimas

Esto aplica salvo que exista alguna justificación”, puntualizó Valencia.

El especialista detalló que los espacios de descanso deben cumplir co

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