Marco Uribe Saldivia
Secretario Regional Ministerial
de Vivienda y Urbanismo
E l subsidio para la obtención de viviendas sin deuda es posiblemente el mayor beneficio que otorga el Estado de Chile. Desde el 2011 a la fecha, las condiciones para su obtención están normadas en el Decreto Supremo N°49 que rige el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda (FSEV) en sus variantes individual o colectiva.
Para efectos de postulación colectiva, las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo suscriben en cada región, convenios con Entidades Patrocinantes públicas o privadas, las que, mediante un contrato con la directiva de cada agrupación de vivienda debidamente conformada, asumen el desarrollo técnico, jurídico y social del proyecto habitacional y su postulación al Programa FSE