El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró infundada la solicitud de excepción de amnistía en el proceso seguido a Jaime Pando Navarrete y otros 7 acusados por los delitos de abuso de autoridad, tortura y violación sexual contra quince comuneros.
En ese sentido, el juez Leodan Cristóbal Ayala decidió inaplicar, en el caso concreto mediante la potestad constitucional del control difuso, la Ley N° 32419, al considerarla “inconstitucional” y contraria a los tratados internacionales suscritos por el Perú.
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