La Sala de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Córdoba expresó una mirada crítica frente a la Sentencia 206/2025, dictada por el Juzgado de Familia N° 2 de la Capital, que rechazó homologar un acuerdo de divorcio sobre el cuidado compartido de dos perras.

La entidad señaló que la decisión puso en evidencia la tensión entre un marco jurídico aún patrimonialista y una realidad social en transformación, donde cada vez más familias reconocen a los animales como integrantes plenos de sus hogares.

“El fallo reconoció a los animales como seres sintientes, pero negó efectos jurídicos al acuerdo de cuidado compartido, reduciéndolo a un compromiso extrajudicial sin fuerza vinculante”, sostuvo el Colegio. Para la institución, la resolución constituyó una contradicción: aceptó el valor afectiv

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