Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:

La Agencia de Recaudación bonaerense anunció que a partir del 1º de octubre las billeteras virtuales deberán retener un porcentaje de las transferencias realizadas a algunos contribuyentes bonaerenses, en concepto de adelanto de Ingresos Brutos. La medida ya regía desde 2004 para los clientes de bancos.

La retención se realizará solo a los que pagan Ingresos Brutos y que no se encuentren adheridos al régimen simplificado (que unifica el pago del impuesto junto al monotributo). El porcentaje a pagar dependerá de la actividad declarada.

Estarán excluidos de las retenciones el pago de sueldos, jubilaciones y planes sociales; las transferencias entre cuentas propias; los intereses que pagan las billeteras virtuales; y los reintegros de promocio

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