La Dirección del Trabajo (DT) reiteró el llamado a empleadores del sector comercio a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable que rige para los días 18 y 19 de septiembre .

Esta normativa, establecida por la Ley N° 19.973, busca asegurar el derecho al descanso y la celebración de las Fiestas Patrias en igualdad de condiciones para miles de trabajadores y trabajadoras chilenas.

El descanso debe iniciarse obligatoriamente el miércoles 17 de septiembre a las 21:00 horas y finalizará a las 06:00 horas del sábado 20 de septiembre , salvo en el caso de turnos rotativos. No se permite laborar más allá de esos topes, ya sea en jornada ordinaria o extraordinaria.

La DT enfatiza la importancia de cumplir esta disposición, recordando las severas sanciones que conlleva su transgresi

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