Por unanimidad de 438 votos a favor, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó fast track y con dispensa de todos los trámites legislativo, una reforma al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de cancelación de suscripciones y membresías con cobro recurrente.
La reforma busca establecer de manera clara que el proveedor deberá informar de forma clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica pagos automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha de cobro.
Con los cambios, cualquier cobro requerirá consentimiento expreso e informado de la persona consumidora.
Se establece que en los casos en los que, de acuerdo al contrato proceda la renovación automática del servicio, se deberá notificar al menos con cinco días naturales de antici