Las personas físicas exportan sus servicios al exterior ya no tendrán obligación de liquidar una parte de sus dólares en el mercado y transformarlos en pesos. En adelante, podrán recibir sus ingresos en dólares y disponer de ese dinero en su cuenta de un banco argentino.

Hasta ayer, quienes trabajaban desde la Argentina para una empresa extranjera podían cobrar libremente en dólares hasta un límite anual de USD 36.000. Lo que cobraban por encima de ese tope, debían venderlo obligatoriamente en el mercado y cobrarlo en pesos, como ocurre con el ingreso de divisas de cualquier exportación.

El Banco Central decidió ayer eliminar ese límite de USD 36.000 por año. “A partir de la entrada en vigor de esta normativa, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser

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