Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia anuló hoy el sistema de reconocimiento de concubinato previsto para los militares, como requisito para acceder a pensiones y otros beneficios de seguridad social.

Es la primera invalidez con efectos generales de una norma federal decretada por la nueva integración de la Corte.

El Pleno anuló por unanimidad el artículo 160 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), que indica que la relación de concubinato de un militar sólo se puede probar si éste designa a la persona respectiva ante las autoridades castrenses.

A falta de dicha designación, la concubina no puede presentar ninguna prueba para acreditar la relación con el fallecido, y acceder a las prestaciones que otorga el ISSFAM.

La Corte e

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