En 2025 se ha aprobado una nueva ley que permite a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (AFP) realizar un retiro extraordinario facultativo de sus fondos, hasta un monto máximo de 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
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Al igual que en procesos anteriores, el mecanismo no será inmediato: debe establecerse un "procedimiento operativo" mediante la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que normará cómo registrar las solicitudes, los plazos, los montos y el calendario de desembolsos.
Una de las dudas más relevantes para los afiliados es ¿desde cuándo podrán registrar sus solicitudes de retiro? Ese será el punto de partida para que los fondos comiencen a fluir, lueg