"El artículo 338 contempla la figura de estado de conmoción y soberanía según la Constitución de Venezuela. Se menciona que la Constitución permite declarar estado de conmoción ante agresión para resguardar la soberanía, alertando por el Poder Ejecutivo y los Poderes Públicos ciudadanos, como señal de que el Gobierno no se quedará de brazos cruzados ante las evidente amenazas del gobierno de los EEUU", narró el abogado Orta.

En este sentido, el analista político alertó que "la presencia de la cuarta flota de los EEUU en el Caribe, son señales en tomar en cuenta la propuesta de hacer uso constitucional del estado de conmoción nacional".

"Reitero que la permanencia de la cuarta flota de los EEUU en aguas del Caribe se interpreta como advertencia a organismos internacionales para que se pro

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