La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) acaba de oficializar el reglamento para el octavo retiro extraordinario de sus fondos AFP (4 UIT o S/ 21.400) , desatando una ola de inquietudes entre los afiliados. Esta disposición se concretó con la Ley N° 32445 y la Resolución SBS N° 03444-2025 , las cuales fueron publicadas en El Peruano el domingo 28 de septiembre.
La implementación de esta medida surge en medio de tensiones sociales y económicas. Sin embargo, su viabilidad legal es cuestionable, dada la reciente promulgación de la Ley 32123 de Modernización del Sistema Previsional Peruano.
¿Cuándo se podrá enviar la solicitud para el octavo retiro de la AFP por 4UIT?
De acuerdo con la norma publicada en El Peruano , las solicitudes podrán enviarse desde el 21