Un fallo de la Cámara de Apelaciones de Bariloche volvió a poner en el centro del debate el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En este caso, la justicia confirmó que un progenitor deberá abonar la cuota fijada en primera instancia, pese a que había apelado con argumentos que no fueron probados.

El tribunal sostuvo que el hombre es joven, no padece ninguna incapacidad y tiene la posibilidad de trabajar para garantizar el sustento de sus hijas. La resolución ratificó que la cuota alimentaria se mantendrá en tres salarios mínimos vitales y móviles, además del 50% de los gastos extraordinarios.

Los argumentos de la apelación

El padre había cuestionado la decisión inicial, alegando que no tenía empleo formal y que apenas obtenía ingresos con trabajos ocasionales de carpintería

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