El Ministerio de Transporte emitió la circular número 20254000000627, en la cual da claridad sobre los traspasos de vehículos en el país.
En primer lugar, destacó la figura que funciona en Colombia conocida como traspaso a persona indeterminada, la cual permite a los propietarios deslindarse de las responsabilidades sobre multas o costos asociados a los automotores cuando no se ha producido el registro del vehículo tras su venta.
Frente a esta figura, la entidad compartió hace algunos años los detalles técnicos y su aplicación en el país:
“Por medio de la cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte”, se fijó un plazo de tres (3) años contados a partir del día de la inscripción del traspaso a persona indeterminada, para que el Orga