La Corte Constitucional estableció un precedente importante en materia de derechos sociales al ordenar a las EPS adoptar medidas para garantizar el bienestar y la dignificación de quienes ejercen labores de cuidado. La decisión, recogida en la Sentencia T-124 de 2025, busca asegurar que las personas cuidadoras no queden desprotegidas, reconociendo que su bienestar es un componente esencial del derecho al cuidado.
Según la Sala Sexta de Revisión del alto tribunal, “el derecho al cuidado solo puede materializarse plenamente cuando se garantiza también el bienestar de quien cuida”. De acuerdo con la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera y los magistrados que conformaron la sala, la tarea de cuidado conlleva cargas físicas, emocionales y económicas que deben ser reconocidas y atendidas tan