El Juzgado Civil, Comercial, de Conciliación y Trabajo, y Familia de Huinca Renancó rechazó un pedido para suprimir el apellido paterno de una niña de ocho años. La solicitud fue realizada por la madre quien alegó que la menor no tenía contacto alguno con su padre.
El juez Lucas Ramiro Funes, en cambio, ordenó agregar al nombre de la niña el apellido materno, en coincidencia con la opinión del Ministerio Público de la Defensa.
La progenitora había basado su pedido en que su hija no había tenido casi contacto con su padre y argumentó que, pese a llevar su apellido, el progenitor no significa nada en la vida de la niña. Asimismo, enfatizó que el padre tenía un total desinterés y desapego por el rol paterno.
Por su parte, el progenitor indicó que la relación con su hija jamás se había inte