A través de la Resolución N° 212, la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Salta resolvió rechazar el descargo presentado por la Sociedad Rural Salteña en relación al Acta de Infracción N° 1451/2024, y ratificó la obligación de la entidad de construir las veredas perimetrales en el inmueble de su propiedad, conforme lo establece la Ordenanza N° 13.778 y sus modificatorias.
La medida fue adoptada luego de que la Sociedad Rural argumentara, en su presentación, que en el año 2012 había ofrecido en donación con cargo al municipio un inmueble identificado con Matrícula N° 65.817, condicionando dicha donación a la construcción de veredas y tribunas en su predio.
Según la entidad, el municipio habría aceptado el ofrecimiento mediante una nota administrativa en 2013.
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