El ministro del Interior, Armando Benedetti, rechazó la decisión que tomó la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado con respecto a las alocuciones presidenciales del presidente Gustavo Petro.
El máximo juez de la administración pública estableció varios criterios que debe tener en cuenta el primer mandatario para poder hacer sus intervenciones televisadas, las cuales deben ser revisadas por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
De acuerdo con el Consejo de Estado, cada que el jefe de Estado quiera hacer alocuciones en canales públicos de televisión, privados y locales, debe cumplir con las siguientes reglas :
La alocución debe responder a una justificación suficiente (circunstancias urgentes).
La alocución no puede ser recurrent