Ya hace varios años desde que el Gobierno lanzara el Bono Alquiler Joven , una ayuda para jóvenes que desean alquilar un piso y que se gestiona desde las Comunidades Autónomas . En el caso de la Comunidad de Madrid , la ayuda sigue vigente, por lo que todavía estás a tiempo de pedirla y de hecho, de volver a solicitarla en el caso de haber sido de los primeros que la pidió y que hayan pasado los 24 meses de duración que tiene. Pero ¿cómo renovar el Bono Alquiler Joven en Madrid? Te contamos todos los pasos a continuación.

Como decimos, en Madrid, el plazo para presentar nuevas solicitudes del Bono Alquiler Joven sigue abierto durante 2025 y, además, tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024, algo que muchos desconocen. En la práctica, eso significa que si tu contrato ya estaba en vigor, puedes recuperar esas mensualidades atrasadas. Por tanto , quienes pidieron la ayuda en 2022 o principios de 2023, podrían volver a tramitarla. En cambio, si la recibiste más tarde, en 2023 o en 2024, todavía estás dentro del periodo subvencionado y no deberías presentar una nueva solicitud, porque te la denegarían directamente. Vamos a repasar paso a paso cómo volver a pedir el bono y qué necesitas tener preparado para que no te pillen los plazos con el pie cambiado.

Pasos para renovar el Bono Alquiler Joven Madrid

El Bono Alquiler Joven sigue dirigido a jóvenes mayores de edad de hasta 35 años que residan legalmente en España y tengan su vivienda habitual en régimen de alquiler. Los requisitos son bastante parecidos a los de convocatorias anteriores, aunque conviene repasarlos antes de presentar nada.

  • Tener ingresos regulares, y que la suma de las rentas de las personas que vivan contigo no supere tres veces el IPREM.
  • No ser propietario ni usufructuario de otra vivienda, salvo casos excepcionales (herencias, separaciones, imposibilidad de uso, etc.).
  • No tener parentesco directo ni vínculo societario con el arrendador.
  • Que el precio del alquiler no supere los 600 euros al mes (o 900 € en municipios con coste de vida más alto como Madrid capital, Pozuelo o Alcobendas).
  • Estar empadronado en la vivienda alquilada.
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento o de habitación conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

La ayuda cubre hasta 24 meses, y las nuevas convocatorias permiten efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024. En otras palabras: si cumples los requisitos y tu contrato ya estaba en vigor, podrás cobrar esos meses previos en cuanto te aprueben la ayuda.

De este modo, si tu ayuda ya terminó o si la solicitaste hace tiempo y nunca te la aprobaron, puedes volver a pedirla . El proceso no ha cambiado mucho, pero merece la pena hacerlo con orden para no perder tiempo ni papeleo.

1. Comprueba si realmente puedes volver a solicitarla

Lo primero es mirar la fecha exacta de tu resolución. Si ya pasaron dos años desde que te la concedieron, estás dentro del grupo que puede volver a presentar la solicitud. Si todavía no se han cumplido esos 24 meses, no te aceptarán el nuevo trámite, aunque cumplas el resto de requisitos.

2. Prepara toda la documentación

Vas a necesitar varios documentos actualizados:

  • Tu contrato de arrendamiento o habitación vigente.
  • Un certificado de empadronamiento (colectivo e histórico).
  • Los justificantes de pago del alquiler de los meses ya abonados.
  • Tu vida laboral o documento que acredite ingresos actuales.
  • Copia del DNI o NIE, y si eres extranjero, el permiso de residencia.
  • En algunos casos, una nota simple del Registro de la Propiedad, para demostrar que no posees ninguna vivienda.

Asegúrate de que todos los datos coinciden: dirección, titulares del contrato, importes… cualquier error puede retrasar la resolución o que se acabe denegando.

3. Presenta la solicitud

Existen dos modos:

  • Online , desde la sede electrónica de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid. Si eliges esta opción ya sabes que se necesita acceso mediante Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
  • Presencialmente , entregando el formulario y la documentación en el Registro General de la Consejería de Vivienda (calle Alcalá, 16) o en cualquier oficina de registro. Recuerda pedir cita previa antes de ir.

Al terminar el proceso, guarda el número de referencia del expediente , porque lo necesitarás para hacer seguimiento.

4. Espera la resolución y el ingreso

El plazo de resolución puede tardar hasta seis meses, aunque depende del volumen de solicitudes. Si todo está correcto y hay crédito disponible, empezarás a cobrar 250 euros mensuales hasta completar los 24 meses.

¿Y si todavía estoy cobrando el bono anterior?

Entonces no tienes que hacer nada. Si te aprobaron la ayuda en 2023 o en 2024, todavía estás dentro de esos dos años de cobertura. El sistema no permite presentar una nueva solicitud mientras esté vigente la anterior, y hacerlo sólo serviría para duplicar expedientes o recibir una denegación automática. En ese caso, lo recomendable es esperar a que se cumpla el periodo y, cuando se abra una nueva convocatoria, volver a pedirlo si sigues cumpliendo los requisitos.