La Duodécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad de Kentucky Foods Chile Limitada y dejó a firme la sentencia que desestimó su reclamación contra la multa de 60 UTM (poc más de cuatro millones de pesos) aplicada por la Inspección del Trabajo.

La sanción respondió a que la cadena de comida rápida no otorgó el feriado legal a trabajadores el 17 de diciembre de 2023 , día del plebiscito constitucional con voto obligatorio (rol 2.850-2024).

El tribunal –integrado por las ministras Graciela Gómez , Paola Díaz y la abogada (i) María Soledad Krause – compartió el criterio del juzgado laboral y de la autoridad administrativa: el objetivo del feriado eleccionario es facilitar la participación de las personas en el proceso, por lo que no p

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