La fiscal Consuelo Madrigal archiva las diligencias abiertas al líder de Vox, su portavoz parlamentaria y otro diputado al considerar que sus comentarios están amparados por la libertad de expresión siguiendo la doctrina europea y del Constitucional
Libertad de expresión y colectivos vulnerables: los mensajes de odio de la ultraderecha reabren el debate sobre lo que se puede o no decir
La fiscal del Tribunal Supremo Consuelo Madrigal ha archivado las diligencias abiertas contra el líder de Vox, Santiago Abascal; su portavoz parlamentaria, Pepa Millán; y el diputado de la formación Carlos Hernández Quero a raíz de las declaraciones en las que vincularon la “inmigración ilegal” con el aumento de la “criminalidad”, la “violencia” o las “violaciones” en relación con los disturbios en el municipio murciano de Torre Pacheco del pasado verano.
En un escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, la fiscal afirma que los tres se expresaron en un “contexto general de oposición política” y de “máxima tensión” y considera que sus manifestaciones están amparadas por la libertad de expresión siguiendo la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Constitucional. La Fiscalía del Supremo abrió diligencias tras recibir una denuncia del diputado y portavoz de los Comuns en el Congreso de los Diputados, Gerardo Pisarello.
El grupo supremacista xenófobo Deport Them Now instigó “cacerías” en Torre Pacheco tras la agresión supuestamente cometida por un magrebí a un vecino de la localidad de 68 años. A raíz de esos llamamientos, el líder de Vox dio una rueda de prensa el 14 de julio en la que afirmó que esos ataques racistas eran las “consecuencias violentas” de las políticas del PP y del PSOE, a los que responsabilizó de llevar décadas “trayendo inmigración ilegal que trae aumento de las violaciones, que trae aumento de la criminalidad”. “Antes la crispación que la paz de los cementerios. Antes la crispación que los españoles callados ante la inmigración ilegal, ante las violaciones, los robos, ante los machetazos”, añadió.
La portavoz parlamentaria de Vox, Pepa Millán, compareció ante los medios un día después y relacionó de nuevo la inmigración con la violencia. Afirmó que los “ciudadanos corrientes” son las “víctimas de las políticas de puertas abiertas y de la violencia importada que está desolando” ciudades, pueblos y barrios.
Por su parte, el diputado Hernández Quero escribió un mensaje de alto contenido xenófobo al atribuir “hechos delictivos a toda una comunidad nacional”, afirma la fiscal. “Legítima defensa de los marroquíes es violar a mansalva, mataleonar a ancianas, humillar y apalear a abuelos, amedrentar a chavales, robar a todo lo que se mueva, sacar medalla de oro en machete y ocupar el espacio público hasta obligar a los autóctonos a recluirse en las casas”, escribió el parlamentario.
“Contexto de combate político”
La fiscal alude al “contexto de combate político público” y de “crispación” en el que se produjeron los mensajes, su “escasa potencialidad” para generar riesgos significativos y reales de incremento de la hostilidad y la discriminación sobre determinados colectivos y la “amplitud e indeterminación” del grupo de personas afectadas por ellos.
Y concluye que son “discursos políticos” que están amparados por la libertad de expresión y los derechos derivados de la participación política que, aunque no se equiparan a la plena inmunidad de los diputados o senadores por sus manifestaciones en el Parlamento, sí tienen un “plus” de protección en relación con las manifestaciones del resto de ciudadanos.
De hecho, en relación con las opiniones y expresiones vertidas por Abascal, la fiscal afirma que critican duramente la política migratoria llevada a cabo por Gobiernos de dos partidos, pero no se refieren a ningún colectivo de personal específico, salvo al de “los emigrantes ilegales de cualquier origen o procedencia”. Respecto a lo afirmado por Pepa Millán, la representante del Ministerio Público afirma que “la referencia a marroquíes o grupos específicos de personas (...) es menor o inexistente”.
La fiscal sí califica de “específicas, directas y desagradables” las manifestaciones del diputado, que atribuyó graves delitos a todos las personas de origen marroquí en su conjunto. Sin embargo, entiende que no cumplen los requisitos para constituir un delito y alude a su condición de político activo y portavoz parlamentario para situarlas en el contexto de la crítica a las políticas migratorias oficiales que enarbola Vox.
La fiscal subraya que los estándares europeos y constitucionales imponen interpretaciones restrictivas del derecho penal en relación con la libertad de expresión. Y cita en varias ocasiones el reciente auto en el que la Sala de lo Penal del Supremo rechazó la querella por delito de odio, injurias y amenazas que interpuso el PSOE contra Abascal por haber afirmado en una entrevista en el periódico argentino Clarín que “habrá un momento” en el que el pueblo querrá “colgar de los pies” a Sánchez.
Esa resolución estableció que las expresiones de Abascal ponen de manifiesto “una frontal y radical oposición tanto a la persona de Sánchez como a su gestión política”, pero que no tenían la entidad como para considerarlas delito, tal y como defendían los socialistas.
La jurisprudencia del alto tribunal se opone a establecer “límites penales” a los discursos de los políticos por muy “descarnados o exagerados” que sean si su objetivo es cuestionar y deslegitimar la gestión del Gobierno desde la oposición. Su doctrina establece que sólo habrá delito si se identifica “con absoluta claridad” que ese discurso incita al odio, al hostigamiento y a la violencia y busca menoscabar los derechos participativos del grupo contra el que se dirige. Una incitación que, en este caso, no se ha producido, según Madrigal, que fue fiscal general del Estado con el Gobierno de Mariano Rajoy.