Los contratos de arrendamiento en Colombia tendrán desde ahora una aplicación más estricta de la ley 820 de 2003, también conocida como Ley de Arrendamiento, que regula esta actividad y que con una reciente aclaración, establece que los propietarios e inmobiliarios no podrán seguir cobrando tres trámites adicionales a los arrendatarios: el estudio de crédito, la póliza de arrendamiento y los gastos administrativos o de documentación.

Estos cobros, que se habían vuelto una práctica habitual en el mercado inmobiliario, no están contemplados dentro de las obligaciones del inquilino, según lo establecido en el Capítulo IV de esta ley.

Los inquilinos solo están obligados a pagar el canon de arrendamiento, los servicios públicos y las expensas pactadas en el contrato. | Foto: 123RF

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