María Luisa Aguilar Rodríguez, directora del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), explicó la relevancia del procedimiento que el Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU activó respecto a México, en el marco de su informe anual presentado ante la Asamblea General.
El artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas de los Estados parte dispone que “si el Comité recibe información que, a su juicio, contiene indicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado parte, y tras haber solicitado del Estado parte interesado toda la información pertinente sobre esa situación, podrá l