La Corte Constitucional emitió una nueva sentencia que marca un punto de inflexión en el maltrato familiar y las obligaciones que adquieren los hijos con sus padres en Colombia.
El alto tribunal reconoció en la sentencia C-412/25 que todos los hijos e hijas, sean biológicos, de crianza o adoptivos, podrán ser exonerados de la obligación alimentaria que tienen con sus padres en caso de que hayan sido víctimas de maltrato por parte de ellos.
La decisión de la Corte extiende la excepción que establecía un parágrafo del artículo 9 de la Ley 2388 de 2024, donde se dictaban disposiciones sobre las familias de crianza. Inicialmente, esta normativa cobijaba exclusivamente a los hijos y familias de crianza al ser eximidos de obligaciones alimentarias.
Este indicaba que "los hijos e hijas de cria