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La misma, se ajusta a lo dispuesto por la medida cautelar, emitida el 17 del actual por la Justicia Federal de Catamarca -ante un cúmulo de amparos colectivos presentados por las Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero -a cargo del Dr. Daniel Escobar Correa-, Catamarca, Misiones, La Plata, San Juan, Formosa, Tucumán y Misiones-, que ordena al organismo "restablezca la totalidad de las pensiones suspendidas y/o retenidas a los titulares de las mismas, pague el importe de los haberes de pensión retenidos a la fecha, en todo el territorio nacional; y, de igual modo, hasta tanto no recaiga sentencia definitiva, se abstenga de continuar las auditorías con base en la normativa cuestionada (dec.843/20

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