Este domingo son las elecciones legislativas 2025 y a partir de las 8 de la mañana del viernes ya rige la veda electoral, el período previo a los comicios en el que ciertas actividades están prohibidas o reguladas.

Actividades prohibidas durante la veda

Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:

-Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.

-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

-Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.

-La venta de bebidas alcohólicas está prohibi

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