A pocos días de concluir el proceso de notificación de vocales de mesa y miembros de colegios escrutadores , el Servicio Electoral (Servel) suspendió la publicación de listados en diarios y el envío de cartas certificadas, estableciendo como único medio válido la notificación digital a través del “domicilio electrónico único”.

La medida se adoptó tras la entrada en vigencia de la Ley N° 21.779 , que modifica la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios. Sin embargo, la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) la calificó como ilegal, advirtiendo que atenta contra los principios de juridicidad, certeza y transparencia .

“La entrada en vigencia de una nueva ley no otorga al Servel la facultad para invalidar un procedimiento iniciado válidamente conforme a la norma anter

See Full Page