Por medio del presente, se informa que, derivado de la última visita realizada por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USA) en el mes de septiembre del presente año 2025, se emitió una observación crítica relacionada con el manejo del ganado de carne en las Zonas B.
De acuerdo con lo señalado por dicho organismo y en cumplimiento del Artículo 223, Fracción III de la Ley de Ganadería del Estado de Chihuahua, se establece que todo el ganado de carne ubicado en Zonas B deberá ser marcado con las siglas "CN". Esta medida es obligatoria y forma parte del protocolo oficial para la exportación de novillos y vaquillas.
El cumplimiento de esta disposición es de carácter inmediato y obligatorio para todos los productores, a fin de garantizar la trazabilidad y sanidad del hato gan

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