El Juez Primero Especializado de Barranquilla, Hugo Carbonó, ante la solicitud de la defensa de la exclusión de la prueba sobre la información obtenida del celular de Day Vásquez , expareja de Nicolás Petro, por “vulnerar el debido proceso” y “ quebrantar la cadena de custodia” , argumentó que no se puede excluir porque se “respetaron los derechos fundamentales” por ser una declaración jurada y la entrega de su celular fue de manera voluntaria.
El juez se refirió a que el abogado de Nicolás Petro argumentó que debía excluirse la prueba para el juicio porque se transfirió la información del celular de Day Vasquez a otro aparato habiendo dos celulares con la misma información, lo que para la defensa se rompía la cadena de custodia.
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