En una resolución inédita en la provincia, la Justicia de Neuquén ordenó que la Cooperativa CALF retenga mensualmente el monto correspondiente a la cuota alimentaria de un padre que incumplió reiteradamente con sus obligaciones, y lo deposite directamente en la cuenta judicial de los hijos beneficiarios.
La medida fue solicitada por la madre de los tres niños, con el patrocinio de la Defensora Pública Civil N°5, Verónica Berzano , ante el incumplimiento sistemático del progenitor, quien dejó de pagar los alimentos fijados en la sentencia y no acreditó ingresos formales, aunque mantiene una actividad económica vinculada a una forrajería.
El fallo dispuso que CALF actúe como agente de retención y descuente de la factura de luz del demandado la suma equivalente a 7 IUS mensual

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