En el país, millones de personas que viven pagando arriendo deben estar atentos cada año al aumento que los arrendadores hacen en la tarifa mensual, un incremento regulado por la Ley 820 de 2003, que señala que no puede superar el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior y solo son procedentes cuando han pasado 12 meses o más desde la firma del contrato de arrendamiento.
Por lo tanto, para el mes de noviembre de 2025, solo deberán pagar el aumento aquellas personas cuyo contrato se realizó en noviembre de 2024 o en una fecha anterior sin haber tenido un ajuste en ese lapso.
Solo los contratos que cumplen un año o más sin ajuste podrán recibir el aumento autorizado a partir de noviembre. | Foto: 123RF
Según el Departamento Administrativo Nacional de E

El País

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