En Colombia, conducir con una licencia falsificada es un delito que puede acarrear penas de entre seis y doce años de prisión. Esta sanción se encuentra en el artículo 291 del Código Penal, que establece que “ el que sin haber concurrido a la falsificación hiciere uso de documento público falso que pueda servir de prueba, incurrirá en prisión de cuatro a doce años ”.

El mismo artículo dispone que si el documento falso está relacionado con vehículos motorizados, el mínimo de la pena se incrementa en la mitad , lo que eleva la condena a un rango de seis a doce años de cárcel.

Esta disposición aplica tanto para quienes falsifican como para quienes usan documentos fraudulentos.

Según el Ministerio de Transporte, la Policía de Tránsito ha identificado tres clases de personas que recurren a l

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