La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amplío el acceso a pensiones por fallecimiento al reconocer el derecho a personas que hayan cumplido con el rol de madre o padre, aunque no exista parentesco tradicional.
Por unanimidad de votos, el Pleno aprobó el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, que amparó a la tía de un trabajador fallecido en 2019, a quien el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le negó la pensión a pesar de que desempeñó un rol maternal y dependía económicamente de su sobrino, con quien vivía.
El artículo 14 del Reglamento del Régimen de Jubilaciones y Pensiones para los Trabajadores sólo reconoce a los ascendientes en línea recta.
“La protección debe entender el concepto amplio de familia, que reconozca la pluralidad, relaciones familiares

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