La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 hizo lugar parcialmente a la medida cautelar promovida por el Estado Provincial y ordenó a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo abstenerse de ejercer su potestad sancionadora en los sumarios administrativos iniciados y/o a iniciarse en perjuicio del Estado Provincial, de la Empresa de Energía de Entre Ríos S.A. y/o de las cooperativas distribuidoras domiciliarias entrerrianas de suministro eléctrico, por presunto incumplimiento a la prohibición de facturar junto al consumo eléctrico las tasas municipales por alumbrado público y contribución única.
En la causa caratulada "Estado Provincial C/ Secretaria de Industria y Comercio de la Nación Argentina S/ Incidente de Suspensión de la Ejecución de decisión admi

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