El Abogado General de la UE que este jueves se pronuncia sobre el juicio a la Ley de Amnistía que tiene lugar en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el luxemburgués Dean Spielmann , presidió el Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuya sentencia permitió la excarcelación de más de 60 etarras . Aquella decisión supuso la derogación de la conocida como doctrina Parot .
Luxemburgo , sede del Tribunal de Justicia de la UE, juzga en el seno del club comunitario si la medida de gracia que implica un borrado de los delitos cometidos por los responsables del proceso independentista catalán es compatible con el Derecho Comunitario . Y este jueves se produce un momento relevante en la causa tras las vistas orales que tuvieron lugar en julio.
Un momento clave en todo proceso juzgado en la máxima instancia europea es la opinión del abogado general . Ésta es una figura independiente, que no es miembro del jurado ni tampoco es parte afectada en la causa. Su labor es redactar unas conclusiones sobre cuál debe ser la resolución del Tribunal basándose en la jurisprudencia o en su propia opinión jurídica .
Sus conclusiones no son vinculantes , es decir, no determinan la decisión de los jueces que tomarán la decisión final, pero habitualmente los magistrados tienen en cuenta su criterio a la hora de redactar la sentencia.
En el juicio de la Ley de Amnistía en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el encargado de esta labor es Dean Spielmann, un abogado luxemburgués de 63 años que ocupó la presidencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
La doctrina Parot
Durante su etapa como presidente de la corte de Derechos Humanos, el tribunal de Estrasburgo derogó la doctrina Parot, que debe su nombre al sanguinario etarra Henri Parot , condenado a 4.800 años de prisión por 82 asesinatos. Ésta implica que los terroristas sólo pueden obtener beneficios penitenciarios sobre cada una de las condenas que les habían sido impuestas.
Con base en esa doctrina, se empezaría a reducir la pena por buena conducta, primero recortando las de mayor gravedad y luego de una en una. Así quedaba garantizado que el etarra, cuando le habían impuesto varias condenas a tenor de la gravedad de sus crímenes, estaría en prisión un mínimo de 30 años. En la práctica equivalía a una suerte de cadena perpetua cuando aún no existía la prisión permanente revisable .
Otro de los miembros de ese tribunal fue el magistrado español Luis López Guerra , que había sido representante político del PSOE en la Asamblea de la Comunidad de Madrid.
La decisión tuvo lugar en el marco de una negociación política entre el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y la banda terrorista ETA, unas reuniones que entonces se llevaron a cabo con la máxima confidencialidad, pero cuyas actas han aparecido recientemente en los medios de comunicación.
El día después de que el TEDH derogase la doctrina Parot, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España decidió por unanimidad poner en libertad a la etarra Inés del Río , terrorista que formó parte del Comando Madrid y fue condenada a 3828 años de cárcel por la comisión de 24 asesinatos . Tras ella, quedaron en libertad hasta 63 miembros de ETA y otros nueve de otras organizaciones, siete de los GRAPO, uno de los GAL y otro de Resistencia Galega .

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