Los siete magistrados del tribunal tendrán que decidir si los movimientos de la Fiscalía para desmentir los bulos del caso fueron legales o si las “pruebas indiciarias” que esgrime Alberto González Amador sirven para condenar a Álvaro García Ortiz
La defensa del fiscal general carga contra la pareja de Ayuso y pide la absolución: “No hay ninguna prueba”
El primer juicio a un fiscal general del Estado en ejercicio quedó este jueves visto para sentencia. El futuro de Álvaro García Ortiz queda ahora en manos de los siete magistrados del Tribunal Supremo que tendrán que pronunciarse sobre si fue él quien filtró un correo con información confidencial del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. Los jueces quieren escribir antes de final de año una sentencia que deberá elegir entre las dos versiones que se escucharon en la última sesión del juicio: si las “pruebas indiciarias” que esgrimen las acusaciones son suficientes para condenar al fiscal general o si no hay “ninguna prueba”, como sostiene su defensa.
Todas las partes, a lo largo de seis sesiones de juicio, han coincidido en un hecho: no hay prueba directa que demuestre que el fiscal general filtró el correo con la confesión del comisionista en la noche del 13 de marzo de 2024. Ni mensajes, ni llamadas, ni correos en los que García Ortiz rebote el documento al periodista de la Cadena SER que lo reveló, ni tampoco órdenes para que lo distribuyera alguno de sus subordinados. También José Precedo, coautor de la primera exclusiva de elDiario.es sobre el caso, ratificó que conoció la confesión antes que el fiscal general. El foco ha estado puesto, por tanto, en las “pruebas indiciarias”: las que no revelan el hecho de forma directa pero permiten sacar conclusiones e, incluso, llegar a una condena.
“La prueba indirecta no goza de menor entidad por el hecho de tener cualidad indiciaria”, dijo este jueves el jefe de los servicios jurídicos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), una de las acusaciones. “No hay absolutamente ninguna prueba, ningún indicio de que ese correo llegase porque lo ordenase el fiscal general”, contestó a última hora el abogado del Estado José Ignacio Ocio. Los magistrados tendrán que decidir sobre las sospechas esgrimidas por las acusaciones y que son las que sirvieron al instructor del caso, Ángel Hurtado, para sentar en el banquillo al fiscal general.
Uno de esos indicios es la coincidencia cronológica entre que el fiscal general recibió en su cuenta de Gmail el correo de la confesión de González Amador a las 21.59 horas del 13 de marzo y la publicación por parte del periodista de la Cadena Ser Miguel Ángel Campos de extractos de ese correo a las 23.51, dos horas después. “El acusado filtró el email a la Cadena Ser como método para activar su relato institucional de confesión y culpa”, dijo en su informe el abogado Gabriel Rodríguez Ramos, que representa a la pareja de Ayuso. Es una afirmación que queda desmentida por el relato de hasta tres periodistas que han declarado como testigos en el juicio —con la obligación de decir verdad— y que han asegurado que tuvieron acceso a ese correo antes de que llegara a manos del fiscal general. Esos periodistas son José Precedo, entonces director adjunto de elDiario.es; Alfonso Pérez Medina, responsable de la información de tribunales en laSexta; y el propio Miguel Ángel Campos.
El letrado de González Amador trató este jueves de desacreditar sus testimonios y apuntó a una posible “connivencia” con la Fiscalía. “Los periodistas poseen un interés económico, profesional o de negocio de cuidar la relación que les provee de secretos e informaciones reservadas del Ministerio Fiscal”, aseveró. Por contra, el abogado del Estado puso en valor sus declaraciones, que calificó de verosímiles y recordó que hubo otros fiscales que accedieron esa misma noche a los correos y a los que no se ha investigado. Entre ellos, la propia fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, que en su declaración apuntó directamente al fiscal general como filtrador, aunque tampoco aportó ninguna prueba de ello.
Además, el letrado del Estado insistió en que si esa información era conocida por otras personas antes de que llegara al fiscal general —por los citados periodistas, pero también por el jefe de gabinete de la presidenta, Miguel Ángel Rodríguez— ya había perdido su “carácter reservado”. Y, en consecuencia, su difusión ya no puede ser delictiva.
Otro de los indicios que han esgrimido las acusaciones es la llamada fallida que el periodista Miguel Ángel Campos realizó al fiscal general a las 21.38 horas del 13 de marzo, poco después de que El Mundo publicara la información tergiversada sobre el acuerdo de conformidad de la pareja de Ayuso y que movilizó a la Fiscalía con el objetivo de desmentirla. La comunicación duró cuatro segundos: el fiscal general no cogió el teléfono y saltó el buzón de voz. Poco segundos después se recibió un SMS en el terminal de García Ortiz, que no pudo ser recuperado tras el borrado de los datos de su teléfono al cambiar de aparato.
El abogado del Estado defendió que ese “intento de comunicación” no supone indicio alguno. “La llamada no se produjo, saltó el contestador. El fiscal general nunca fue consciente de la existencia de esa llamada porque estaba al teléfono con la fiscal provincial Pilar Rodríguez”, aseveró. Las acusaciones, sin embargo, sostienen que es la prueba de que el periodista tenía un acceso directo al máximo representante del Ministerio Público. E incluso algunos abogados de la acusación han elucubrado con la posibilidad de que ambos convinieran en esa comunicación seguir hablando por otros canales más seguros y que no dejan rastro, como las llamadas a través de la aplicación WhatsApp.
“Se ha criminalizado una actividad institucional”
La nota de prensa que la Fiscalía emitió en la mañana del 14 de marzo de 2024 y en la que se desmentía la citada información de El Mundo fue el primer hecho sobre el que los tribunales pusieron la lupa. Tanto el ICAM como González Amador centraron sus denuncias y querellas en esa nota y fue el objeto de investigación penal hasta que el Tribunal Supremo estableció, al asumir la causa, que no había delito en ese comunicado y que el posible delito era la filtración previa de la confesión a los medios.
La última sesión de juicio ha ilustrado cómo las acusaciones siguen destacando como indicio la agitación interna de la Fiscalía el 13 de marzo para obtener todos los correos del caso y ganar el “relato” ante los bulos que Miguel Ángel Rodríguez y varios medios difundían sobre el caso. “El fiscal general no podía esperar”, citó el abogado de González Amador para enfatizar en esa celeridad para buscar los correos. Argumentó que el hecho de que el fiscal del caso, Julián Salto, tuviera que buscar los correos mientras estaba en un estadio es un indicio de culpabilidad.
“No era necesario para neutralizar ningún bulo, no requería de esto, era un relato público de confesión y culpabilidad”, añadió para criticar el contenido de la nota. Esa sombra de sospecha también se extiende, según las acusaciones, a todos los pasos internos de la Fiscalía en los días previos para conseguir la documentación del caso: la denuncia ya presentada y el expediente tributario de González Amador. Todo formaba parte, dijo la defensa de González Amador, de una “máquina de blanqueo”.
La Abogacía del Estado, a última hora de la tarde, salió al paso de esta acusación y lanzó un reproche: “Se ha criminalizado una actividad institucional de dación de cuentas y de emisión de un comunicado oficial”. Allí donde las acusaciones ven una actividad frenética del fiscal general para obtener los correos, filtrarlos y perjudicar a la pareja de Ayuso, la defensa de García Ortiz recordó que todo se hizo siguiendo el cauce reglamentario para una dación de cuentas: “Es una dinámica legítima, legal, está fundamentada en el Estatuto, es dar información veraz. No se puede desmentir a un periódico como El Mundo de oídas. Es necesario entender toda la documentación y todos los correos y el fiscal general activa una dación de cuentas”.

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