El magistrado Adolfo Carretero , titular del Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid , ha dictado este viernes un auto de procedimiento abreviado en el que acuerda procesar al exdiputado Íñigo Errejón por un presunto delito de agresión sexual continuada contra la actriz Elisa Mouliaá .
Según el documento judicial, al que ha tenido acceso OKDIARIO, el juez considera que existen «indicios suficientes» para continuar el proceso penal contra el fundador de Más País . La denuncia, que se remonta a octubre de 2021 , señala tres episodios de naturaleza sexual ocurridos en entornos privados y sin testigos, lo que ha llevado al magistrado a apoyarse en la doctrina del Tribunal Supremo sobre la credibilidad del testimonio de la víctima .
Tres episodios graves y persistentes
El relato de Mouliaá, que ha sido valorado como « coherente, persistente y sin móviles espurios », describe una cadena de hechos que comenzaron la noche del 10 de octubre de 2021 , tras un evento de presentación de un libro de Errejón. Según la actriz, el entonces político:
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Le propinó un beso sin consentimiento en un ascensor, « introduciendo la lengua hasta la campanilla ».
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La agarró con fuerza del brazo en una fiesta privada, la llevó a una habitación, la empujó sobre una cama, le quitó el sujetador y llegó a sacar su pene mientras realizaba tocamientos en contra de su voluntad .
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Posteriormente, en el domicilio de Errejón, volvió a realizar tocamientos no consentidos , a lo que ella reaccionó invocando la ley del «Sólo sí es sí» .
El juez añade que la denuncia fue respaldada por peritajes psicológicos y psiquiátricos , los cuales reflejan que la denunciante presentaba síntomas de estrés postraumático compatible con una agresión sexual . Un terapeuta que la trató tres días después de los hechos informó de un episodio de ansiedad derivado de « un problema con un político famoso ».
La versión de Errejón y el análisis judicial
Íñigo Errejón ha reconocido parte de los contactos físicos , pero ha insistido en que fueron consentidos , aportando como prueba mensajes de WhatsApp posteriores al encuentro. Su defensa ha sugerido que la denuncia responde a un «afán de notoriedad» por parte de la actriz.
Sin embargo, el magistrado desestima esa tesis por el momento, recordando que el relato de Mouliaá cumple con los estándares de verosimilitud exigidos por la jurisprudencia . Además, destaca que no hay prueba alguna de que la denunciante tuviese motivaciones personales o económicas para inventar los hechos.
Un paso más hacia el juicio oral
En consecuencia, el juez acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que, en un plazo de diez días , presenten:
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Escrito de acusación , solicitando la apertura de juicio oral,
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O bien pidan el sobreseimiento ,
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También se abre la puerta a nuevas diligencias si fueran «estrictamente necesarias».
El auto recuerda que Errejón ya dimitió de su cargo político por «conductas inapropiadas con mujeres», si bien él mismo niega relación directa entre su renuncia y los hechos ahora investigados.
El procesamiento deja ahora la causa a las puertas del juicio oral, donde se determinará si la conducta de Errejón constituye un delito de agresión sexual con carácter continuado . El juzgado ha advertido que cabe recurso de reforma o apelación .
La decisión marca un punto de inflexión en un caso que ha sacudido al panorama político, ya que el juez concluye con claridad que «los indicios existen y no han sido desvirtuados» .

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