La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de General Roca (Río Negro) resolvió un caso de daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito, confirmando la procedencia de la exclusión de cobertura opuesta por la aseguradora.

El tribunal ratificó que la compañía no es responsable de indemnizar a las víctimas porque el vehículo siniestrado se utilizaba para un fin distinto al declarado al momento de contratar la póliza.

Las claves del fallo

La Justicia argumentó que el uso del automotor como remís o taxi (transporte de pasajeros) representaba una agravación del riesgo respecto al declarado como "uso particular". El juez señaló que: IpFbuw

Riesgo agravado: "Resulta una verdad de perogrullo que resulta mucho más gravoso el riesgo para el caso de asegurarse un v

See Full Page