25 de noviembre de 2025 - 00:05

Más de una década de jurisprudencia catamarqueña contra la violencia de género. Desde el primer femicidio condenado en el país (2014) hasta casos recientes de acoso laboral (2024), los tribunales locales construyeron un corpus doctrinario que define la violencia contra la mujer como "un obstáculo al desarrollo personal, familiar y social". "Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal", define la Ley Nacional 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Er

See Full Page