La posibilidad de que una empresa modifique el horario laboral de un trabajador suele generar dudas y tensiones, especialmente cuando la organización justifica la medida por razones productivas. En un supuesto en el que una compañía pretende adelantar la hora de entrada y atrasar la hora de salida para cubrir nuevas necesidades del servicio , el cambio puede considerarse una alteración sustancial de las condiciones de trabajo si afecta al equilibrio entre vida personal y profesional. Sin embargo, también puede encuadrarse dentro de los márgenes permitidos por la ley cuando la modificación es limitada y responde a una distribución interna prevista.

El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 34 establece que la empresa puede distribuir de manera irregular la jornada a lo largo del año

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