El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad presentadas por el Colegio de Abogados de Lima y el Ministerio Público contra la Ley 32107 , la cual precisa desde cuándo se podrán aplicar en nuestro país los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.

La decisión se tomó luego de que no alcanzara los cinco votos mínimos de los magistrados para declarar su inconstitucionalidad.

Cuatro magistrados —Luz Pacheco Zerga, Francisco Morales Saravia, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez— votaron por declarar constitucional la norma, aunque con criterios interpretativos.

En tanto, los magistrados Helder Domínguez Haro, Gustavo Gutiérrez Ticse y Manuel Monteagudo Valdez votaron por su inconstitucionalidad.

El fallo advierte que mantener proces

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