La Justicia rionegrina falló a favor de un jubilado que solicitó el cese del pago de la cuota alimentaria a sus hijos, que tienen 26, 27 y 37 años . Según establece la ley, el progenitor está obligado a cumplir con esta cuota hasta que el descendiente cumple los 21 años.
En el portal de la Dirección de Comunicación Judicial de Río Negro, se informó que el hombre, que se había jubilado como policía federal, presentó el pedido en noviembre junto con las partidas de nacimiento de los hijos.
En vista de que todos los descendientes son adultos, la jueza de Viedma consideró el hecho de que los tres habían superado la edad establecida por la ley y ordenó el cese de la cuota.
La sentencia se dictó el pasado viernes, y aclara que, en estos casos, la obligación de pagar alimentos cesa auto

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