Tenía razón la nueva fiscal General de la República. La detonación de un vehículo cargado con explosivos frente a la policía comunitaria el sábado por la mañana en Coahuayana, Michoacán, es un acto terrorista y debe ser investigado como tal. No hace falta acudir a la definición de la ONU, de los académicos o de las organizaciones dedicadas a analizar los fenómenos de violencia en el mundo. Lo que hizo Ernestina Godoy fue acudir a la única definición a la que le toca acudir como fiscal General de la República: el Código Penal Mexicano. El artículo 139, Capítulo VI Terrorismo, Título Primero “Delitos contra la Seguridad de la Nación”, Libro Segundo del Código Penal Mexicano, define con toda claridad lo que es terrorismo para las leyes mexicanas: “A quien utilizando sustancias tóxicas, armas
Historias de reportero: Tenía razón Ernestina
Diario de Morelos21 hrs ago
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