Política
Buenos Aires, 11 diciembre (NA) — El capítulo sindical del proyecto de modernización laboral introduce modificaciones sustanciales al régimen de asociaciones sindicales (Ley 23.551) que alteran las condiciones en que se desarrolla la actividad gremial dentro de las empresas.
Una de las reformas más significativas es la incorporación del artículo 20 bis, que establece que las asambleas y congresos convocados por representantes sindicales dentro de los establecimientos “requerirán autorización previa del empleador” respecto del horario, duración y lugar.
El texto, al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, agrega que estas reuniones no podrán “afectar el desarrollo de las actividades normales de la empresa ni causar perjuicio a terceros” y que los trabajadores “no devengarán

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