Ha llegado diciembre y son muchos los empleados que consultan si podrán extender sus descansos durante las festividades de Navidad y Año Nuevo. La respuesta depende de lo que establece la normativa vigente y de cómo se distribuyen los feriados con los períodos sin actividad laboral que declara la administración estatal. A continuación, resolvemos tus dudas.
El Decreto Supremo 042-2025-PCM estableció que los viernes 26 de diciembre y 2 de enero de 2026 funcionarán como jornadas sin labores compensables dirigidas a los colaboradores de entidades públicas, lo que permite efectivamente la creación de los denominados descansos extendidos.
El primero abarca desde el miércoles 25 de diciembre (festivo por Navidad) , incorporando además el viernes 26 de diciembre sin actividad laboral. El

Cronica Viva Locales

Infobae Perú
Peru21 Economía
Real Simple Home
The Daily Beast
Raw Story
America News
NBC News NFL
Reuters US Top
Slate Magazine