El Congreso de Perú publicó la Ley N.º 32523, que modifica el Código Penal (Decreto Legislativo N.º 635), en la que se castiga con penas de 2 a 4 años de cárcel el arrojo de residuos sólidos en cauces naturales (ríos y quebradas), que pongan en riesgo la vida y la seguridad de la población.

“125-A.1. El que expone a otras personas a peligro de muerte o de grave e inminente daño a la salud, arrojando residuos sólidos en el cauce, lecho, ribera o faja marginal de un río o quebrada será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”, indica el escrito.

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